IEC 62305-1:2010 como en la norma europea EN-62305-1:2006 NO ACEPTAN LOS ESPANTA RAYOS, INHIBIDORES, DISIPADORES, DAS (Dissipation Array System) , CTS (Charge Transfer System):

ESPANTA RAYOS, INHIBIDORES, DISIPADORES, DAS (Dissipation Array System) , CTS (Charge Transfer System):

Todos estos equipos que se define como disipadores o inhibidores de rayos, no están avalados por ninguna normativa nacional o internacional.

Por tanto, no existe ninguna norma o reglamento, en el que se indique como se calcula su radio de protección o como se deben de instalar.

Tampoco existe ninguna regulación, que indique o avale los ensayos a realizar, para demostrar su protección o su buen funcionamiento.

Es más, desde la aparición de la norma internacional IEC 62305-1 en 2006 y su segunda edición en 2010, se indica que no existe método alguno que evite la formación del rayo.

Copiamos a continuación  ese texto que aparece tanto en la norma internacional IEC 62305-1:2010 como en la norma europea EN-62305-1:2006

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Espanta rayos – Inhibidores de Rayos – Modas Pasajeras

La idea básica detrás de los inhibidores de rayos o también llamado espan rayos es intentar formar una carga espacial de características tales que la hagan capaz de modificar las condiciones eléctricas de la atmósfera al punto de impedir la formación de un rayo entre la nube y la estructura a proteger.

Se parte de la suposición de que esto es posible si el inhibidor libera una cantidad suficientemente grande de carga eléctrica por unidad de tiempo, ubicado sobre el área a proteger y conectado a una toma de tierra de muy baja impedancia y de distribución especial.

El “inhibidor” que consiste en una armazón o dispositivo en forma de paraguas, que se instala en una torre por encima de la estructura a proteger.
El “colector de corriente o carga de tierra”, un conductor que rodea la zona a proteger y que conecta a electrodos de puesta a tierra de muy baja impedancia.
Debajo de una nube de tormenta cargada negativamente en su base, la tierra adquiere una carga positiva superficial, y el campo eléctrico es de algunos kilovoltios por metro, intensificándose en las irregularidades de las cuales puede partir un trazador ascendente si el campo se intensifica ante las presencia de un trazador descendente.

Principio de los inhibidores de rayos

La idea es que, al colocar el inhibidor, el dispositivo bajo efecto del campo eléctrico generan iones cargados positivamente, que forman una nube de carga espacial positiva de magnitud tal en carga y extensión que es capaz de interactuar con la nube impidiendo la formación del rayo. Se afirma que esa carga proviene de la zona “protegida” el colector de corriente o (puesta a tierra) es quien toma la carga del terreno. Una zona de esas características no sería capaz de iniciar un trazador ascendente y estaría por lo tanto protegida

Apantallamiento por Carga Espacial Generada

Esta explicación del modo de operación se basa en que, si bien las cargas no llegan a la nube, son efectivamente generadas por el dispositivo formando una carga espacial sobre la zona a proteger.

Dicha zona, presentada como la zona delimitada por el sistema de tierras llamado colector de carga, quedaría libre de cargas positivas inducidas por la nube. Adicionalmente la carga espacial generada formaría una pantalla protectora que actuaría como una “jaula de Faraday”.

Habría dos mecanismos de protección derivados de este modo de operación.

El primero está relacionado con la ausencia de cargas positivas en la zona protegida, retiradas por el colector. El campo eléctrico entonces sería demasiado bajo como para que de los objetos de esa zona se pueda iniciar un trazador ascendente que vaya al encuentro de una trazador descendente para formar el rayo.
Si se compara la conductividad del aire con la de la tierra se ve que la capacidad de suministrar cargas positivas de la tierra es mucho mayor que la capacidad de disiparlas en el aire. La zona vacía de cargas por acción del colector carece de toda base física, ya que toda la zona va a estar a un mismo potencial.
El segundo está relacionado con la carga espacial formada sobre la zona protegida con las cargas retiradas por el colector, zona que podría actuar como pantalla para que no se formen nuevas cargas positivas en la tierra por inducción de la nube, lo cual no es sustentable dada la cantidad de carga positiva inducida en toda la región y la conductividad de la tierra.

Neutralización del trazador descendente

Se supone que el inhibidor es capaz de crear una zona de carga espacial de magnitud suficiente como para atraer la trazador descendente, que generalmente es una carga negativa, y neutralizar total o parcialmente.

Los fabricantes admiten que no todos los trazadores pueden ser neutralizadas. En caso de formarse un rayo, éste se formaría con el inhibidor, que entonces actuaría como una protección convencional. Ofrecen a cambio un seguro que lo otorga una empresa sin respaldo internacional.
La viabilidad de este modo de operación dependería de la cantidad de la corriente corona que es capaz de emitir.
La eventual carga espacial generada por efecto corona en un sistema inhibidor quedaría confinada en ese tiempo a una zona unos 100 m por encima del dispositivo. La carga emitida de esta forma reduce el campo eléctrico a nivel del suelo. El viento puede llevarse las cargas generadas, y ya no estarían para neutralizar el trazador descendente.
En segundo lugar, el campo eléctrico producido al nivel del suelo por una tormenta a lo sumo es de 10 μA, 6 veces menos que lo necesario en la teoría el inhibidor.

Conclusión

La comunidad científica internacional admite:

  • Que es imposible de evitar el impacto de un rayo mediante dispositivos generadores de carga.
  • Que las descargas pueden hacer impacto en estructuras protegidas por inhibidor
  • Que el número de impactos no menor y que en todo caso el inhibidor es capaz de actuar como un pararrayos convencional conduciendo la corriente a tierra en forma segura.

Los sistemas de transferencia de carga o disipativos no son capaces

  • Ni de evitar los rayos
  • Ni de desviarlos de las estructuras o sistemas a proteger.

No es posible

  • Ni neutralizar la nube
  • Ni la guía escalonada.

Como evidencia empírica citamos el estudio realizado por E. Philip Krider (Department of Atmospheric Sciences / Institute of Atmospheric Physics, The University of Arizona). En el aeropuerto de Memphis, Estados Unidos se colocó un pararrayos inhibidor.

El estudio se centró en un área de 20 x 20 km centrada en el aeropuerto, se muestra un registro de 4160 impactos ocurridos entre 1997 y 1999 uniformemente distribuidos. No se registran huecos (zonas claramente sin rayos) en el área donde está instalado el inhibidor, además se hallo evidencia de rayos que impactaron en el dispositivo.

No existe una norma internacional que respalde el funcionamiento de estos dispositivos.

«No existe dispositivo o métodos capaces de modificar los fenómenos atmosféricos naturales hasta el punto de impedir las descargas de rayos. Los impactos de rayos sobre las estructuras o en sus proximidades (o sobre los servicios conectados a ellas) son peligrosos para las personas, las propias estructuras, su contenido, las instalaciones y los servicios. Esta es la razón por la que son esenciales las medidas de protección contra el rayo»

Fuente: Norma Internacional – Mauro Garcia ficha técnica de su autoría

El riesgo de no controlar: un pararrayos en malas condiciones puede causar una tragedia

Pararrayos SIPA – fabricación  y venta de pararrayos e instalación de pararrayos en Argentina

Desde el Distrito V (La Plata) del Colegio de Ingenieros alertaron que “los rayos se propagan por cualquier lugar del inmueble” y reafirmaron la importancia de “efectuar revisiones periódicas”.

Ante la multiplicación de tormentas eléctricas de gran intensidad desde inicios del verano -comúnmente denominadas “tormentas tropicales”-, las autoridades del Distrito V (La Plata) del Colegio de Ingenieros bonaerense alertaron sobre la importancia de inspeccionar los pararrayos de los edificios públicos y privados con periodicidad para evitar que, si no están en buenas condiciones, provoquen el efecto inverso al buscado.

Así lo advirtió el Ing. Gabriel Crespi, Presidente del Distrito V, quien hizo hincapié en la necesidad de “realizar inspecciones periódicas en estas conexiones” para verificar su buen estado.

Según Crespi, si los pararrayos no se encuentran “en buenas condiciones”, los rayos “se propagarán por cualquier lugar del inmueble, como paredes, ventanas o instalaciones eléctricas”, debido a que el sistema va a atraer la descarga eléctrica sin poder conducirla hacia la tierra.

“Estas protecciones deben ser efectivas ya que tener un pararrayos que no presente seguridad comprobada generará el efecto inverso, es decir que esos lugares tendrán más peligro que aquellos que no cuenten con estos dispositivos”, afirmó el Ingeniero.

Desde el colegio informaron que las revisiones deben ser efectuadas por un profesional matriculado, quien deberá inspeccionar las instalaciones del sistema para verificar la efectividad de la conectividad eléctrica y la puesta a tierra, además de controlar que no existan elementos físicos que interfieran ante una posible descarga. Sólo así se certificará que el pararrayos está en condiciones de cumplir su función.

Fuente: noticiasinagenda

NO ESTAN APROBADOS POR NORMA LOS ESPANTA RAYOS, INHIBIDORES, DISIPADORES, DAS (Dissipation Array System) , CTS (Charge Transfer System):

ESPANTA RAYOS, INHIBIDORES, DISIPADORES, DAS (Dissipation Array System) , CTS (Charge Transfer System):

Todos estos equipos que se define como disipadores o inhibidores de rayos, no están avalados por ninguna normativa nacional o internacional.

Por tanto, no existe ninguna norma o reglamento, en el que se indique como se calcula su radio de protección o como se deben de instalar.

Tampoco existe ninguna regulación, que indique o avale los ensayos a realizar, para demostrar su protección o su buen funcionamiento.

Es más, desde la aparición de la norma internacional IEC 62305-1 en 2006 y su segunda edición en 2010, se indica que no existe método alguno que evite la formación del rayo.

Copiamos a continuación  ese texto que aparece tanto en la norma internacional IEC 62305-1:2010 como en la norma europea EN-62305-1:2006

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SISTEMA DE TOMA DE TIERRA PARA UN SISTEMA DE PARARRAYOS

SISTEMA DE TOMA DE TIERRA

Las puestas a tierra se establecen con el objeto principal de limitar la tensión que con respecto a tierra, pueden presentar en un momento dado las masas metálicas, y evitar diferencias de potencial peligrosas permitiendo el paso a tierra de las corrientes de falta o de descarga de origen atmosférico.

El sistema de puesta a tierra de una instalación de pararrayos es una de las partes más importantes de la instalación, por ser esta la encargada de disipar las corrientes del rayo y toda su energía.

Las recomendaciones marcadas por normativas como AEA 92305, IRAM 2184, IEC 62305- 3, NF C 17-102:2011 o UNE 21186:2011, indican que las puestas a tierra han de tener un valor óhmico bajo (inferior a 10 Ω cuando se realiza la medición a baja frecuencia aislada de cualquier elemento conductor).

PUESTA A TIERRA PARA PARARRAYOS DE GRAN RADIO DE ACCIÓN (SIPA-20, 40 O 60):

Las dimensiones de la toma a tierra dependerán de la resistividad ρ= (Ω*m) del terreno.

Debe realizarse una toma a tierra por cada conductor de bajada y existen 2 tipos:

PUESTA A TIERRA TIPO A: puede ser del tipo A1 o A2.

TIPO A1: Está formada por una configuración de Pata de ganso.
TIPO A2: Está formada por la unión de muchas jabalinas verticales en línea o triangulo y separadas una distancia al menos igual a su longitud

PUESTA A TIERRA TIPO B:

Electrodo en anillo, esta disposición es un anillo conductor en contacto con el suelo en un 80% de su longitud, puede ser exterior a la estructura o electrodo de cimentación. Cada conductor de bajada, además de estar conectado al anillo, debe conectarse adicionalmente a un electrodo horizontal de un mínimo de 4m o bien a un electrodo vertical de una longitud mínima de 2m.

En el diseño de SPCR – Sistema de protección contra rayos – se debe tener en cuenta la propia estructura (armadura metálica) y/o la estructura metálica de hormigón como bajadas naturales de puesta a tierra ya que se las considera eléctricamente continua siempre que la mayor parte de las barras de interconexión, tanto verticales como horizontales, estén soldadas o unidas de manera segura. En estructuras en las que se emplee hormigón armado (incluyendo armaduras de hormigón armado prefabricado y pretensado), debe medirse la continuidad eléctrica de las barras de refuerzo entre la parte superior y el nivel de tierra.

Componentes naturales utilizados para bajadas a tierra.

Se recomienda la utilización de los conductores naturales de bajadas para maximizar el número de conductores en paralelo y así disminuir la caída de tensión en el sistema de los conductores de bajada y reducir las interferencias electromagnéticas en el interior de la estructura. Sin embargo debe asegurase la continuidad eléctrica a lo largo de todo el recorrido entre el sistema de captación y el de puesta a tierra.

  • Armaduras de acero.
  • Armaduras de acero en hormigón.
  • Fachada metálica o un recubrimiento metálico

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El riesgo de no controlar: un pararrayos en malas condiciones puede causar una tragedia

Pararrayos SIPA – fabricación  y venta de pararrayos e instalación de pararrayos en Argentina

Desde el Distrito V (La Plata) del Colegio de Ingenieros alertaron que “los rayos se propagan por cualquier lugar del inmueble” y reafirmaron la importancia de “efectuar revisiones periódicas”.

Ante la multiplicación de tormentas eléctricas de gran intensidad desde inicios del verano -comúnmente denominadas “tormentas tropicales”-, las autoridades del Distrito V (La Plata) del Colegio de Ingenieros bonaerense alertaron sobre la importancia de inspeccionar los pararrayos de los edificios públicos y privados con periodicidad para evitar que, si no están en buenas condiciones, provoquen el efecto inverso al buscado.

Así lo advirtió el Ing. Gabriel Crespi, Presidente del Distrito V, quien hizo hincapié en la necesidad de “realizar inspecciones periódicas en estas conexiones” para verificar su buen estado.

Según Crespi, si los pararrayos no se encuentran “en buenas condiciones”, los rayos “se propagarán por cualquier lugar del inmueble, como paredes, ventanas o instalaciones eléctricas”, debido a que el sistema va a atraer la descarga eléctrica sin poder conducirla hacia la tierra.

“Estas protecciones deben ser efectivas ya que tener un pararrayos que no presente seguridad comprobada generará el efecto inverso, es decir que esos lugares tendrán más peligro que aquellos que no cuenten con estos dispositivos”, afirmó el Ingeniero.

Desde el colegio informaron que las revisiones deben ser efectuadas por un profesional matriculado, quien deberá inspeccionar las instalaciones del sistema para verificar la efectividad de la conectividad eléctrica y la puesta a tierra, además de controlar que no existan elementos físicos que interfieran ante una posible descarga. Sólo así se certificará que el pararrayos está en condiciones de cumplir su función.

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Fuente: noticiasinagenda

La instalación de los pararrayos en los edificios urbanos y metropolitanos. Aplicación de las normas IRAM por Juan Carlos Arcioni

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Precio de pararrayos de gran radio de acción (Activos) y Franklin (Pasivos) – Consulte

Por Juan Carlos Arcioni – Ing. Electricista (UBA) – IRAM – CEE – CGN

Quizás con motivo de los trágicos accidentes de muertes y lesiones graves ocasionados en la provincia de Buenos Aires por rayos caídos el martes 11 de enero de 2011, es que hemos recibido algunas preguntas periodísticas sobre la instalación de los pararrayos en los edificios urbanos y metropolitanos y la aplicación de las normas IRAM.

En esta nota de opinión seleccionamos tres preguntas recibidas, a las que les siguen nuestras respuestas. También añadimos comentarios que elaboramos aplicando las normas IRAM y la bibliografía argentina e internacional.

¿Por qué es importante la instalación de pararrayos en los edificios?

Para interceptar los rayos nube-tierra desde las nubes tormentosas hacia el edificio, conduciendo las corrientes de los rayos desde los captores aéreos, pasando por las bajadas, hasta llegar al sistema de puesta a tierra del edificio. Este sistema dispersa esas corrientes en el suelo.

Comentario: En la figura 1 reproducimos la propagación del rayo publicada por el SMN (Servicio Meteorológico Nacional). Le incorporamos nuestras observaciones a su edición en el diario Clarín del miércoles 12 de enero de 2011 (página 33).

En la figura 2 ilustramos el proceso de descarga (caída) de un rayo negativo nube-tierra en sus tres instantes sucesivos t1, t2, t3 (figuras 2A, 2B, 2C). Se puede apreciar que el pararrayos del edificio (a la izquierda de la figura 2) intercepta al líder del rayo negativo trazador nube-tierra dirigido hacia el edificio. En efecto: el pararrayos lanza un rayo trazador ascendente de polaridad positiva cuyo líder se conecta al líder del rayo nube-tierra (negativo) (figura 2C) [6] [7]. Entonces, «cae» un rayo, en un lugar de la tierra, solamente cuando se interconectan dos descargas eléctricas: el trazador nube-tierra y el trazador tierra-nube.

¿Quiénes son los responsables de instalar un pararrayos en un edificio? ¿Lo puede hacer cualquier persona o se necesita un profesional capacitado? En este caso, qué tipo de profesional y qué características debe reunir.

Se necesita un profesional capacitado capaz de aplicar las normas IRAM para diseñar e instalar los sistemas de protección contra rayos (SPCR) tanto el externo (SEPCR) como el interno (SIPCR) que correspondan.

Comentario: Para mayor información, ver la introducción a la norma IRAM 2184-1:2006 que reproducimos en nuestros Anexos A y B.

¿Todos los edificios deben tener pararrayos, o solo los edificios más altos de la manzana?

La instalación de pararrayos en los edificios se realiza en los casos siguientes:

  • Por disposición de la autoridad competente (Estado Nacional Argentino, entidades provinciales, municipales, etc.)
  • Por exigencias de compañías aseguradoras de riesgos en convenios con particulares.
  • Por decisiones de particulares que evalúan los riesgos de muerte, incendios, etc. y de destrucción de la propiedad a causa de rayos.

En todos estos casos, las normas IRAM que, en principio, son de aplicación voluntaria, pasan a ser obligatorias para las partes que las adoptan, ya sea por disposición de la autoridad o bien por acuerdo previo entre partes interesadas.

Comentario: Ver la lista de normas IRAM sobre rayos y pararrayos en el Anexo C.

Pararrayos SIPA  Caída de rayo
Pararrayos SIPA Caída de rayo

Anexo A

Norma IRAM 2184-1:2006 – Protección de las estructuras contra las descargas eléctricas atmosféricas (rayos). Parte 1: Principios generales.

Apartado 1.0 – Introducción del capítulo 1 (versión adaptada) de la IRAM 2184-1:2006.

Introducción

Debe tenerse en cuenta que un sistema de protección contra las descargas eléctricas atmosféricas no puede impedir la formación de rayos.

Un sistema de protección contra los rayos (SPCR) diseñado e instalado de acuerdo con esta norma no puede garantizar la protección absoluta de personas, de una estructura o de objetos.

Sin embargo, la aplicación de esta norma reducirá de forma significativa el riesgo de los daños producidos por el rayo en la estructura protegida siguiendo los principios expuestos en esta norma.

El tipo y la ubicación de un sistema de protección contra rayos (SPCR) se deberán estudiar cuidadosamente en el momento del diseño de una nueva estructura. Este estudio facilitará el diseño y la realización de una instalación integrada y permitirá mejorar el aspecto estético del conjunto y aumentar la eficacia del sistema de protección contra rayos con un mínimo de costos y de trabajos.

N. A. (nota del autor): Ver el Anexo B siguiente, sobre el tema del diseño del SPCR.

El acceso al terreno y la utilización adecuada de las armaduras metálicas tanto las portantes como las de la cimentación para la realización de una toma de tierra eficaz puede resultar imposible después de que se hayan iniciado los trabajos de construcción. Por lo tanto, la resistividad y la naturaleza del suelo deberán estudiarse en la fase inicial del proyecto. Esta información es fundamental para el diseño de la cimentación por parte de los proyectistas civiles en ciertas circunstancias desfavorables (terrenos arenosos, rocosos, pantanosos, congestiones urbanas, etc.).

Para evitar trabajos innecesarios, es esencial que haya consultas regulares entre los diseñadores del sistema de protección contra rayos, los proyectistas civiles y los constructores de la estructura.

Esta norma informa sobre la instalación del sistema de protección contra rayos (SPCR) para las estructuras comunes. ———————————————-

El diseño, la instalación y los materiales de un sistema de protección contra rayos (SPCR) deberán estar totalmente de acuerdo con las disposiciones de esta norma para estimar su probable nivel de protección (ver 1.2.29).

Anexo B

Norma IRAM 2184-1:2006 – Protección de las estructuras contra las descargas eléctricas atmosféricas (rayos). Parte 1: Principios generales. Capítulo 4 (versión adaptada)

4- Diseño, mantenimiento e inspección de los sistemas de protección contra el rayo

4.1 Diseño

La eficacia del nivel de protección de SPCR disminuye a partir del nivel de protección I, y hasta llegar al nivel de protección IV.

Nota 1: La eficacia del SPCR en los diferentes niveles de protección está en la IRAM 2184-1-1.

Nota 2: Conviene determinar el nivel de protección adecuado según las exigencias de las autoridades competentes.

Solamente será posible un diseño optimizado tanto técnica como económicamente de un sistema de protección contra el rayo si las diferentes fases del diseño de este sistema están ligadas a las de diseño y de construcción civil de la estructura a proteger. En particular, se deberán prever, durante el diseño de la estructura, la posible utilización de sus partes metálicas como elementos del sistema de protección contra el rayo (ver la nota IRAM del apartado 1.3). N. A.: Se adjunta el apartado 1.3.

4.2 Mantenimiento e inspección

4.2.1 Objeto de las inspecciones

Las inspecciones tienen como objeto asegurarse de que:

1. El sistema de protección contra el rayo esté de acuerdo con el diseño.

2. Todos los componentes del sistema de protección contra el rayo estén en buen estado y sean capaces de realizar las funciones para las que están destinados, y que no haya corrosión.

3. Todas las acometidas de servicios o las construcciones añadidas recientemente se integren al espacio protegido mediante una unión al sistema de protección contra el rayo o por extensiones de ese sistema.

4.2.2 Orden de las inspecciones

Las inspecciones indicadas en 4.2.1 deben efectuarse de la forma siguiente:

  • Las inspecciones durante la construcción de la estructura, destinadas a controlar los electrodos empotrados (ver la nota IRAM del apartado 1.3).
  • Una inspección después de la instalación del sistema de protección contra el rayo, de acuerdo con los puntos 1) y 2) anteriores.
  • Las inspecciones periódicas, efectuadas de acuerdo con los puntos 1), 2) y 3), a intervalos determinados en función de la naturaleza del espacio a proteger y de los problemas de corrosión.
  • Las inspecciones suplementarias, efectuadas de acuerdo con los puntos 1), 2) y 3), después de toda modificación o reparación, o cuando se sabe que la estructura ha sufrido la descarga de un rayo.

4.2.3 Mantenimiento

Las inspecciones periódicas son una de las condiciones fundamentales para un mantenimiento confiable del sistema de protección contra el rayo. Todos los defectos constatados deberán ser reparados sin demora.

Nota IRAM: En el anexo B (IRAM informativo de la IRAM 2184-1) se indica la periodicidad recomendada para las inspecciones que se determina de acuerdo con el nivel de protección del SCPR elegido según la IRAM 2184-1-1 (1997:09).

Adjunto al anexo B – Apartado 1.3 de la IRAM 2184-1:2006

1.3 Estructuras de hormigón armado

Se considera que las armaduras de acero en el interior de las estructuras de hormigón armado aseguran una continuidad eléctrica si cumplen con las condiciones siguientes:

  • Aproximadamente el 50% de las interconexiones de las barras verticales y las horizontales están soldadas o unidas de forma segura.
  • Las barras horizontales están soldadas o se solapan, como mínimo, en un largo igual a 20 veces su diámetro y están unidas de forma segura.
  • Está asegurada la continuidad eléctrica entre las armaduras de acero de los diferentes elementos prefabricados de hormigón y las de los elementos prefabricados de hormigón adyacentes.

Nota IRAM: Estas tres condiciones se verifican si en el proyecto, en el cálculo y en la ejecición de la estructura de hormigón armado, se cumplieron las exigencias del Reglamento CIRSOC 201 (ver anexos E y F).

En el supuesto caso de que no existiere una documentación probatoria del cumplimiento del Reglamento CIRSOC 201 en una estructura de H°A° (o bien, el cumplimiento de los reglamentos CIRSOC que correspondan, tanto para estructuras de acero como para estructuras compuestas por acero y H°A°) se recomienda que el diseñador del SPCR lleve a cabo una inspección in situ, con las mediciones electrotécnicas necesarias sobre una cantidad suficiente de puntos de la estructura, para comprobar la continuidad eléctrica galvánica que corresponda a las condiciones antes citadas (por ejemplo, ver la serie IRAM 2281).

Estas mediciones de continuidad eléctrica deberán ser presentadas en un informe de medición (basado en el anexo B de la IRAM 2281-2:2002).

Este informe formará parte de los datos preliminares de diseño del SPCR (ver 1.0 y 4.1). También este informe estará en la documentación técnica del final de obra del SPCR, según 4.2.1 y 4.2.2. Además, integrará la documentación de referencia para las inspecciones periódicas y el mantenimiento (ver 4.2).

Anexo C

Listado de normas IRAM sobre rayos y pararrayos vigentes a marzo de 2011

– IRAM 2184-1 Protección de las estructuras contra las descargas eléctricas atmosféricas (rayos). Parte 1: Principios generales. Protection of structures against lightning. Part 1: General principles

Cantidad de páginas: 52

Estado: Vigente – actualmente en revisión Fecha de entrada en vigencia: 24/3/2006

– IRAM 2184-1-1 Protección de estructuras contra descargas eléctricas atmosféricas (rayos). Parte 1: Principios generales. Guía para la elección de los niveles de protección para los sistemas de protección contra los rayos (SPCR).

Protection of structures against lightning. Part 1: General principles. Guide for selection of lightning protection levels (LPL) fot lightning protection systems (LPS)

Cantidad de páginas: 32

Estado: Vigente – actualmente en revisión Fecha de entrada en vigencia: 1/9/1997

– IRAM 2425 Riesgos de daños producidos por las descargas eléctricas atmosféricas (rayos). Guía para su evaluación.

Risks of damage produced by lightning. Guide to evaluation

Cantidad de páginas: 73

Estado: Vigente

Fecha de entrada en vigencia: 5/7/2005

– IRAM 2226 Pararrayos para la protección de estructuras y de edificios. Punta Franklin normalizada (PFN) para ensayos comparativos de evaluación de pararrayos en laboratorios de alta tensión.

Air-terminals for lightning protection of structures and buildings. Standarized Franklin air-terminal (PFN) for comparative evaluation tests in HV laboratories

Cantidad de páginas: 17

Estado: Vigente

Fecha de entrada en vigencia: 28/4/2010

– IRAM 2426 Pararrayos con dispositivo de cebado para la protección de estructuras y de edificios. Condiciones generales de fabricación y ensayos de evaluación de los pararrayos en laboratorios de alta tensión.

Early streamer emission air terminals for lightning protection of structures and buildings. General conditions for manufacturing and evaluation of air terminals in HV testing laboratories

Cantidad de páginas: 14

Estado: Vigente –

Fecha de entrada en vigencia: 31/5/2002

IRAM 2428 Pararrayos tipo franklin y sus accesorios para la protección de estructuras y de edificaciones. Condiciones generales de fabricación y ensayos de vida útil.

Franklin-type air terminals and its accesories for lightning protection of structures and buildings. General conditions for manufacturing and weathering-test

Cantidad de páginas: 49

Estado: Vigente

Fecha de entrada en vigencia: 29/11/2002

– IRAM 3530 Protección contra descargas atmosféricas. Guía general de seguridad personal durante las tormentas eléctricas

Cantidad de páginas: 5

Estado: Vigente

Fecha de entrada en vigencia: 2/5/1994

Fuente: Editores srl

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SIPA Prevención y Protección

Resolución SRT Nro. 900/2015 – Puesta a tierra

Resolución SRT Nro. 900/2015

Bs. As., 22/4/2015

VISTO el Expediente N° 174.986/14 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557, N° 25.212, y los Decretos N° 351 de fecha 05 de febrero de 1979, N° 911 de fecha 05 de agosto de 1996, N° 617 de fecha 07 de julio de 1997, N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007, la Resolución S.R.T. N° 3.117 de fecha 21 de noviembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1°, apartado 2°, inciso a) de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557, establece que uno de los objetivos fundamentales del Sistema, creado por dicha norma, es la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos laborales.

Que a través del artículo 4° del mencionado cuerpo normativo se establece que los empleadores, los trabajadores y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) comprendidos en el ámbito de la Ley de Riesgos del Trabajo están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo. A tal fin, dichas partes deberán cumplir con las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo.

Que el artículo 4°, inciso b) de la Ley N° 19.587 establece que la normativa relativa a Higiene y Seguridad en el Trabajo comprende las normas técnicas, las medidas sanitarias, precautorias, de tutela y de cualquier otra índole que tengan por objeto prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo.

Que el artículo 5° de la norma mencionada en el considerando precedente establece en su inciso l) que a los fines de la aplicación de esa ley se considera como método básico de ejecución, la adopción y aplicación de los medios científicos y técnicos adecuados y actualizados que hagan a los objetivos de la norma.

Que, asimismo, el inciso ñ) del referido artículo, estima como necesaria la difusión de las recomendaciones y técnicas de prevención que resulten universalmente aconsejables o adecuadas.

Que resulta indispensable que los sistemas de puesta a tierra, y los dispositivos de corte automático de la alimentación, se encuentren en condiciones adecuadas, como así también la verificación de que cada masa esté conectada a un conductor de protección puesto a tierra (continuidad del circuito de tierra de las masas) para la protección de los trabajadores contra riesgos de contacto con masas puestas accidentalmente bajo tensión (riesgo de contacto indirecto).

Que para la mejora real y constante de la situación de los trabajadores, es imprescindible que se cuente con mediciones confiables, claras y de fácil interpretación, lo que hace necesaria la incorporación del uso de un protocolo estandarizado de medición y verificación.

Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) ha tomado intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 36, apartado 1°, inciso a) de la Ley N° 24.557, el artículo 2° del Decreto N° 351 de fecha 05 de febrero de 1979, el artículo 3° del Decreto N° 911 de fecha 05 de agosto de 1996 y el artículo 2° del Decreto N° 617 de fecha 07 de julio de 1997 —conforme modificaciones dispuestas por los artículos 1°, 4° y 5° del Decreto N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003—, y el artículo 2° del Decreto N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Protocolo para la Medición del valor de puesta a tierra y la verificación de la continuidad de las masas en el Ambiente Laboral, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, y que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el valor de la puesta a tierra y verificar la continuidad de las masas conforme las previsiones de la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y normas reglamentarias.

ARTICULO 2° — Establécese que los valores de la medición de la puesta a tierra, la verificación de la continuidad del circuito de tierra de las masas en el ambiente laboral, cuyos datos estarán contenidos en el protocolo aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, tendrán una validez de DOCE (12) meses.

ARTICULO 3° — Estipúlase que cuando las mediciones arrojaren valores que no cumplan con la Reglamentación de la ASOCIACION ELECTROTECNICA ARGENTINA (A.E.A.) para la ejecución de las instalaciones eléctricas en inmuebles y/o cuando se verifique falta de vinculación con tierra de alguna de las masas (falta de continuidad del circuito de tierra de las masas) se debe realizar un plan de acción para lograr adecuar el ambiente de trabajo.

ARTICULO 4° — Establécese que se debe controlar periódicamente el adecuado funcionamiento del/los dispositivos de protección contra contactos indirectos por corte automático de la alimentación.

ARTICULO 5° — Determínase que a los efectos de realizar la medición a la que se hace referencia en el artículo 1° de la presente resolución podrá consultarse una guía práctica que se publicará en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.): www.srt.gob.ar.

ARTICULO 6° — Facúltase a la Gerencia de Prevención de esta S.R.T. a modificar y determinar plazos, condiciones y requisitos establecidos en la presente resolución, así como a dictar normas complementarias.

ARTICULO 7° — Determínase que la presente resolución entrará en vigencia a los TREINTA (30) días contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR EL PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE LA PUESTA A TIERRA Y CONTINUIDAD DE LAS MASAS

1) Identificación del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición (razón social completa).

2) Domicilio real del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

3) Localidad del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

4) Provincia en la cual se encuentra radicado el establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

5) Código Postal del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

6) C.U.I.T. de la empresa o institución.

7) Marca, modelo y número de serie del instrumento utilizado en la medición.

8) Fecha de la última calibración realizada al instrumento empleado en la medición.

9) Fecha de la medición, o indicar en el caso de que el estudio lleve más de un día la fecha de la primera y de la última medición.

10) Hora de inicio de la primera medición.

11) Hora de finalización de la última medición.

12) Nombre de la metodología o método utilizado.

13) Espacio para agregar información adicional de importancia.

14) Adjuntar el certificado de calibración del equipo, expedido por el laboratorio (copia).

15) Adjuntar plano o croquis del establecimiento, indicando los puntos en los que se realizaron las mediciones (número de toma a tierra). El croquis deberá contar como mínimo, con sectores o sección.

16) Identificación del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición (razón social completa).

17) C.U.I.T. de la empresa o institución.

18) Domicilio real del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

19) Localidad del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

20) Código Postal del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

21) Provincia en la cual se encuentra radicado el establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

22) Número de toma de tierra, indicar mediante un número la toma a tierra donde realiza la medición, el cual deberá coincidir con el del plano o croquis que se adjunta a la medición.

23) Indicar el sector o la sección dentro de la empresa donde se realiza la medición.

24) Indicar o describir la condición del terreno al momento de la medición, lecho seco, arenoso seco o húmedo, lluvias recientes, turba, limo, pantanoso, etc.

25) Indicar el uso habitual de la misma, toma de tierra del neutro de transformador, toma de tierra de seguridad de las masas, de protección de equipos electrónicos, de informática, de iluminación, de pararrayos, otros.

26) Indicar cuál es el esquema de conexión a tierra utilizado en el establecimiento, TT / TN-S / TN-C / TN-C-S / IT.

27) Indicar el valor obtenido en la medición de resistencia de puesta a tierra de las masas, expresado en Ohm.

28) Indicar si el resultado de la medición cumple o no con lo expresado en la reglamentación para la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles de la Asociación Argentina de Electrotécnicos, requerido legalmente.

29) Indicar si el circuito de puesta a tierra es continuo y permanente.

30) Indicar si el circuito de puesta a tierra tiene la capacidad de carga para conducir la corriente de falla y una resistencia apropiada.

31) Indicar cuál es la protección que se utiliza en el establecimiento contra contactos indirectos, dispositivo diferencial (DD), interruptor automático (IA), fusible (Fus).

32) Indicar si el dispositivo de protección empleado en la protección contra los contactos indirectos está en condiciones de desconectar en forma automática el circuito, dentro de los tiempos máximos establecidos por la Reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina.

33) Espacio para agregar información adicional de importancia.

34) Identificación del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición de puesta a tierra (razón social completa).

35) C.U.I.T. de la empresa o institución.

36) Domicilio real del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

37) Localidad del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

38) Código Postal del establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

39) Provincia en la cual se encuentra radicado el establecimiento, explotación o centro de trabajo donde se realiza la medición.

40) Indicar las conclusiones, a las que se arribó, una vez analizados los resultados obtenidos en las mediciones.

41) Indicar las recomendaciones, después de analizar las conclusiones.

Habrá pararrayos en todos los edificios públicos

Instalación de pararrayos SIPA Habrá pararrayos en todos los edificios públicos
Instalación de pararrayos SIPA Habrá pararrayos en todos los edificios públicos

La Legislatura de Córdoba dispuso que en el lapso de tres años por ley habrá pararrayos en todos los edificios públicos, en tanto que igual obligación cabe para los clubes.

La norma crea un «sistema provincial de prevención y protección contra descargas eléctricas atmosféricas».

Establece un registro de pararrayos, sienta bases comunes sobre los requisitos y funcionamientos, y apunta a definir mecanismos para verificar cómo funcionan.

La iniciativa -que lleva la firma de los legisladores de Unión por Córdoba Oscar González, Sandra Trigo y Nadia Fernández- cita a la Red Mundial de Localización de Rayos, que ubica a Argentina en el segundo lugar del mundo con 50 personas muertas por año por esa causa.

El legislador González dijo a Cadena 3 que «las descargas eléctricas, los rayos, van en aumento por el cambio climático general. El centro norte de Argentina integra la cuarta zona con más descargas eléctricas en el mundo».

«Habrá pararrayos en todos los edificios publicos, los cuales serán pagados por los municipios y los entes privados, en tanto que la Provincia hará un aporte inicial para ponerlos en los lugares públicos», explicó el parlamentario.

Un antecedente milagroso
Durante el verano, un nene de 13 años fue alcanzado por un rayo cuando andaba a caballo en Córdoba.

Ariel Morán cabalgaba en Cura Brochero cuando sucedió la descarga eléctrica que terminó con la vida del animal y a él lo dejó un tiempo en terapia intensiva.

El chico estuvo grave, pero al ser trasladado rápido al Hospital de Niños, recibió la atención necesaria y hoy se encuentra recuperado.

 

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3.1. Reglamento de Instalaciones Eléctricas: Ordenanza nº5950 – Titulo XVII Instalación de pararrayos

TOMO IV Actividad Urbanística – Edificación

TITULO XVII INSTALACION DE PARARRAYOS

ARTÍCULO 171°.- TOMA DE TIERRA Y LINEA DE DESCARGA: esta toma de tierra reúne características especiales, por lo tanto podrá ejecutarse en dos principales formas, a saber:

  1. a) como plancha de cobre: para este caso se usará una plancha de cobre de 0,60 x 0,60 x 0,005 mt. debiendo soldarse el conductor a la misma forma que, se abrirán los hilos que confortan el referido conductor de bajada en forma de «pata de gallo» y se soldará cada uno de ellos a la plancha por medio de soldadura autógena o eléctrica. La profundidad a que se llevará esta plancha, será con preferencia hasta la primera napa de agua, pero en caso de hallarse ésta a una profundidad mayor de 2,50 mt., se tomará esta distancia como mínima. Para el alojamiento o colocación de esta placa, la abertura del pozo será de 1 mt. de diámetro; en el fondo de éste se realizará un lodo de carbonilla de 0,130 mt. de espesor sobre el que se asegurará la misma, debiéndose luego recubrir con una capa del mismo material orgánico. El cable de conexión o bajada deberá ser protegido en su recorrido entre el pozo y el primer punto de anclaje o inspección, mediante un caño galvanizado de 15,39 para cables de hasta 25 mm. y de 21,74 para cables de 35 a 50 mm2. Este caño galvanizado puede ir colocado 50 cm. bajo el nivel del piso en el cruce y elevarse hasta 2 mt. en forma vertical.
  2. b) con jabalina de cobre: como en el caso anterior, la profundidad a que se llevará será con preferencia hasta la primera napa de agua; en el caso de que ésta napa se encuentre a una profundidad de más de 2,50 mt. la jabalina deberá ser hincada en forma total su longitud a partir de esta distancia mínima. Para este tipo de napa se utilizará una jabalina de 1,60 mt. construida en forma similar a la señalada en lámina N°17, pero mediante «L» (eles) de cobre de 21,74 como mínimo. La perforación será totalmente entubada con caños de fibro cemento de 1,20 mm. de diámetro, terminando en una cámara de 0,30 x 0,30 x 0,30 a nivel del piso. Desde esta cámara, hasta el primer punto de anclaje del cable de bajada se procederá como anteriormente.

ARTÍCULO 172°.-EQUIPO SUPERIOR:

El equipo superior del pararrayos estará compuesto por el cuádruple con cuerno de bronce con puntas de metal inoxidable, enterizo y desarmable y de dimensiones comunes comerciales, el cual irá montado en el mástil correspondiente como punto de máxima altura sobre cualquier edificio a proteger.

Este mástil será de una longitud máxima de 3 m. compuesto por tres secciones de 1 mt. cada una de caño galvanizado de 28,09 -21,74 -15,39 respectivamente, las cuales irán soldadas en forma correspondiente. Se ha reglamentado este tipo de mástil a fin de prevenir la instalación contra los batimientos del viento. Por su interior bajará la línea de descarga de tipo y diámetro ya reglamentado (25 mt. como mínimo), hasta el primer anclaje de inspección, situado a una altura de 2,50 mt. sobre el nivel del piso, el cual estará constituido por un bulón de bronce amurado en forma conveniente y donde se conectará el terminal que viene de arriba y el que procede de la toma de tierra indicada en el artículo 171°. Cuando deban protegerse cobertizos alargados horizontalmente, como por ejemplo: grandes galpones, etc. la línea de descarga irá asegurada mediante grapas cumbreras de cobre o bronce y unirá las diferentes lanzas que se coloquen en la parte superior de las estructuras hasta su correspondiente toma de tierra.